La figura del administrador concursal, fases de un concurso de acreedores, tipos de créditos. Son algunos de los aspectos que desarrolló el director del Área de Servicios Jurídicos y Económicos de la consultora Gesem Antonio Vicente Amorós durante el seminario ‘Cómo llevar a cabo la administración concursal’. Los estudiantes del máster en Contabilidad y Finanzas Avanzadas de la UMH aprendieron así la realidad de la llevanza de la administración concursal.
Para que se convoque un concurso de acreedores debe darse un principio básico, la declaración del estado de insolvencia, sea actual o inminente. Esto es, que el deudor no pueda cumplir de forma regular sus obligaciones económicas. Antonio Vicente explicó que la Ley Concursal que regula este procedimiento ha experimentado 22 reformas desde su creación en 2003. En este sentido, el abogado incidió en que el fin que persigue el concurso difiere, en la actualidad, del que se contemplaba cuando se creó. ‘El concurso se concibió para garantizar la viabilidad de la empresa. Ahora se utiliza para una liquidación ordenada del patrimonio, si existiera’, destacó Vicente.
Podemos distinguir dos tipos de concursos según quien lo solicita: voluntario y necesario. El más habitual es el concurso voluntario, aquel que es instado por el deudor. La persona física o jurídica realiza esta solicitud para evitar reclamaciones judiciales que puedan interponérsele, comprobar los recursos de los que dispone para atender a los acreedores y cumplir el principio par conditio creditorium. Para ello, presenta una serie de documentos que incluyen la memoria de la historia económica de la empresa, el inventario de bienes y derechos y los últimos movimientos de la compañía. Si quien solicita el procedimiento es un acreedor, se trata de un concurso necesario. En este caso, el acreedor debe aportar la documentación que demuestre que el deudor no puede cumplir con sus obligaciones. Una vez se declara el concurso, se pasa a una fase común en la que el administrador concursal realiza un informe que refleja un análisis financiero de la empresa, designación de los intervinientes, daños económicos, valor del concurso, lista de acreedores, etc. Antonio Vicente mostró al alumnado varios ejemplos de informes desarrollados por el abogado durante su ejercicio como administrador concursal. Después de la fase común, el proceso puede finalizar en liquidación o en convenio. Vicente comentó que sólo las grandes empresas llegan a acuerdos. En la realidad de las pequeñas y medianas empresas lo más común es terminar en la liquidación de bienes. La empresa pasará a ser vendida de manera unitaria, por unidades productivas o por lotes.
¿Quién puede ser administrador concursal?
La Ley regula que pueden ejercer como administradores concursales: abogados, economistas, titulados en derecho mercantil o auditores de cuentas, con especialización acreditada en derecho concursal y experiencia de ejercicio en este ámbito de 5 años. El director del Área de Servicios Jurídicos y Económicos de Gesem explicó que en octubre de 2014 entró en vigor un nuevo régimen que establece que un administrador concursal puede ser, además de una persona física, una persona jurídica que integre un abogado y un economista.